Modelo 721 vs Modelo 720: Diferencias y Cuándo Presentar Cada Uno
Si tienes criptomonedas en Binance, acciones en el extranjero o una cuenta bancaria fuera de España, la Agencia Tributaria espera que declares estos bienes. El problema es que la diferencia entre el Modelo 720 y el Modelo 721 genera confusión constante: dos formularios con nombres parecidos, obligaciones distintas y sanciones de miles de euros si presentas el equivocado o no presentas ninguno.
Este artículo explica exactamente qué separa el modelo 721 vs modelo 720, quién debe presentar cada uno, cuáles son los plazos y cómo evitar errores costosos ante Hacienda.
¿Qué es el Modelo 720? Bienes y derechos en el extranjero
El Modelo 720 es la declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero. La Agencia Tributaria lo utiliza para controlar el patrimonio que los contribuyentes españoles poseen fuera de las fronteras nacionales.
Qué activos declara el Modelo 720
Con este modelo debes informar sobre:
- Cuentas bancarias en bancos extranjeros
- Depósitos y fondos de inversión en el extranjero
- Inmuebles (viviendas, terrenos, locales comerciales)
- Acciones, bonos y valores cotizados en bolsas extranjeras
- Participaciones en empresas extranjeras
- Seguros de vida y rentas vitalicias contratados en el exterior
- Préstamos concedidos a residentes en el extranjero
Obligación y umbral del 720
Estás obligado a presentar el Modelo 720 si el valor total de tus bienes en el extranjero supera 50.000 euros en cualquier momento del año natural. No importa si el valor fluctúa: si en algún momento alcanza ese umbral, debes declarar.
La obligación afecta a:
- Personas físicas residentes en España
- Entidades sin personalidad jurídica
- Algunos patrimonios autónomos
Plazo de presentación del Modelo 720
El Modelo 720 se presenta entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al que corresponde la declaración. Los bienes que tenías el 31 de diciembre de 2024 se declaran entre enero y marzo de 2025.
Sanciones por incumplimiento
Hacienda ha sido históricamente severa con este modelo. La multa por no presentarlo o presentarlo incorrectamente es de 5.000 euros por cada dato o elemento omitido o inexacto. En casos de fraude grave, las sanciones pueden ser significativamente mayores.
Todo esto cambió en 2022, cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea condenó a España por aplicar sanciones desproporcionadas en el régimen del Modelo 720. A raíz de esa sentencia, el Gobierno reformó el sistema sancionador mediante la Ley 13/2023, introduciendo una escala de multas más moderada para contribuyentes que actúen de buena fe.
¿Qué es el Modelo 721? La declaración específica de criptomonedas en el extranjero
El Modelo 721 es más reciente y específico. Creado expresamente por la Ley 13/2023, nació para declarar criptomonedas y activos digitales similares cuando están custodiados por terceros en el extranjero, eliminando la ambigüedad que existía antes sobre si las criptos debían incluirse en el 720.
Qué activos declara el Modelo 721
Con este formulario debes informar sobre:
- Criptomonedas (Bitcoin, Ethereum, etc.) depositadas en exchanges o plataformas de intercambio extranjeras
- Tokens y activos digitales almacenados en custodios extranjeros
- Cuentas en wallets custodiadas por intermediarios del exterior
Punto crucial: el Modelo 721 solo aplica cuando las criptomonedas están bajo custodia de un tercero en el extranjero. Si tienes Bitcoin en una cartera privada que controlas directamente (una wallet personal con tus propias claves privadas), este modelo no te afecta.
Obligación y umbral del 721
La obligación de presentar el Modelo 721 surge cuando el valor total de tus criptomonedas en custodios extranjeros supera 50.000 euros en algún momento del año natural. El umbral es idéntico al del Modelo 720.
Plazo de presentación del Modelo 721
El Modelo 721 se presenta en el mismo plazo que el Modelo 720: entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio que informa. Para el ejercicio 2025, el plazo de ambos es del 1 de enero al 31 de marzo de 2026.
Sanciones
Las sanciones por incumplimiento del Modelo 721 siguen la misma estructura: 5.000 euros por dato omitido o inexacto. Dicho esto, sus sanciones parten de un marco más moderado desde el origen, al haberse creado ya dentro del régimen reformado por la Ley 13/2023.
Diferencia entre el 720 y el 721: Tabla Comparativa
| Aspecto | Modelo 720 | Modelo 721 |
|---|---|---|
| Qué declara | Bienes tradicionales en el extranjero (cuentas, inmuebles, valores, seguros) | Criptomonedas y activos digitales en custodios extranjeros |
| Quién está obligado | Personas físicas residentes en España | Personas físicas residentes en España |
| Umbral | 50.000 € | 50.000 € |
| Plazo | 1 enero – 31 marzo | 1 enero – 31 marzo |
| Multa base por incumplimiento | 5.000 € por dato | 5.000 € por dato |
| Marco sancionador | Reformado en 2023 (tras sentencia TJUE) | Incluido desde su creación (Ley 13/2023) |
| Custodia requerida | Cualquier bien en el extranjero | Obligatoriamente custodia de tercero en el extranjero |
| ¿Son excluyentes? | No | No — son complementarios |
Criptomonedas: ¿Modelo 720 o Modelo 721?
Antes de que existiera el Modelo 721, la Agencia Tributaria publicó consultas vinculantes (V0590-18 y V1149-18) que señalaban que las criptomonedas podrían incluirse en el Modelo 720. Esa ambigüedad generó mucha confusión entre contribuyentes y asesores fiscales, y en mi experiencia es precisamente ahí donde se originan la mayoría de los errores que luego hay que corregir.
La Ley 13/2023 resolvió la cuestión de forma definitiva: creó el Modelo 721 específicamente para monedas virtuales custodiadas por terceros en el extranjero. Desde entonces, las criptomonedas no van en el Modelo 720, sino en el 721. Son obligaciones independientes, no alternativas.
Situaciones prácticas: ¿Cuál presentar según tu caso?
Tienes Bitcoin en Coinbase (plataforma estadounidense)
Presentas el Modelo 721. Coinbase es un custodio extranjero que controla tus criptomonedas. Si el valor supera 50.000 euros en algún momento del año, estás obligado.
Tienes una cuenta en un banco suizo
Presentas el Modelo 720. Los depósitos bancarios en instituciones financieras extranjeras se declaran aquí, independientemente de su divisa.
Tienes Bitcoin en una cartera privada que controlas tú
No presentas ni el 720 ni el 721. Las criptomonedas que controlas directamente, sin intermediario extranjero, no requieren estos formularios. Los rendimientos que generes (minería, staking, ventas) sí deben declararse en el IRPF, eso no cambia.
Tienes acciones en una bolsa extranjera
Presentas el Modelo 720. Los valores cotizados en mercados internacionales entran en la declaración de bienes en el extranjero.
Tienes criptomonedas en una plataforma extranjera y acciones en el extranjero
Presentas ambos modelos: el Modelo 721 para las criptomonedas en custodios y el Modelo 720 para el resto de bienes. Son obligaciones independientes que pueden coincidir.
Errores comunes al presentar bienes en el extranjero ante Hacienda
Confundir el umbral: no es necesario que cada activo supere 50.000 euros de forma individual. Se suma el valor total de todos tus bienes en el extranjero (o de todas tus criptomonedas en custodios extranjeros, según el modelo).
Olvidar las fluctuaciones: si tienes Bitcoin y su valor alcanza 50.000 euros en junio pero cae a 40.000 en diciembre, igualmente estás obligado a presentar el Modelo 721. Este punto sorprende a mucha gente.
No actualizar datos cada año: si presentaste el Modelo 720 hace tres años, no asumas que los datos siguen siendo válidos. La obligación es anual.
Ignorar las criptomonedas por su naturaleza digital: la Agencia Tributaria las trata como activos financieros sujetos a las mismas obligaciones informativas que cualquier otro bien en el extranjero.
Creer que el 720 y el 721 son alternativos: si tienes bienes que corresponden a ambos modelos, debes presentar los dos. No son opciones entre las que elegir.
Reforma sancionadora de 2023: Lo que cambió para el 720 y el 721
Tras la condena del Tribunal de Justicia de la UE, España modificó su régimen sancionador a través de la Ley 13/2023. Los cambios principales fueron:
- Introducción de sanciones graduadas según la gravedad del incumplimiento
- Menor penalización para errores cometidos de buena fe
- Posibilidad de regularización con penalidades reducidas
- Mayor énfasis en la intención del contribuyente al valorar la infracción
Un error honesto tiene hoy consecuencias menos severas que hace unos años. Aun así, es preferible presentar correctamente desde el inicio: la reforma suaviza las sanciones, pero no las elimina.
Preguntas frecuentes sobre el Modelo 720 y el Modelo 721
¿Cuál es la diferencia entre el Modelo 720 y el Modelo 721?
El Modelo 720 es la declaración de bienes y derechos en el extranjero: incluye cuentas bancarias, acciones, fondos de inversión, inmuebles, seguros y rentas vitalicias en el extranjero. El Modelo 721 es la declaración específica de monedas virtuales (criptomonedas) custodiadas por terceros en el extranjero. Son dos modelos complementarios, no alternativos: si tienes bienes que corresponden a ambos, debes presentar los dos.
Si tengo criptos en Binance y también una cuenta bancaria en Alemania, ¿qué modelo presento?
Los dos: el Modelo 721 para las criptomonedas en Binance (si superan 50.000 €) y el Modelo 720 para la cuenta bancaria alemana (si supera 50.000 €). Son obligaciones independientes y no se excluyen entre sí.
¿Tienen el mismo plazo el 720 y el 721?
Sí: ambos se presentan entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio que informan. Para el ejercicio 2025, el plazo de ambos es del 1 de enero al 31 de marzo de 2026.
¿El Modelo 720 incluía antes las criptomonedas?
Durante un tiempo existió controversia. La Agencia Tributaria publicó consultas vinculantes (V0590-18 y V1149-18) que señalaban que las criptomonedas podrían incluirse en el 720. Finalmente, la Ley 13/2023 creó expresamente el Modelo 721 para criptomonedas, eliminando la ambigüedad.
¿Las criptomonedas que tengo en una wallet privada requieren el Modelo 721?
No. El Modelo 721 solo aplica a criptomonedas custodiadas por terceros en el extranjero. Si controlas directamente tus claves privadas, este modelo no te afecta. Los rendimientos que generes (ventas, staking, minería) sí deben declararse en el IRPF.
¿Si presento tarde el Modelo 720 o el 721, hay sanción adicional?
Sí. Además de la multa por datos incorrectos u omitidos, existe una sanción por presentación fuera de plazo que puede oscilar entre el 5 % y el 20 % de la cuota tributaria relacionada, según el retraso y las circunstancias.
Conclusión
La distinción entre el modelo 721 vs modelo 720 es, en el fondo, bastante clara una vez se entiende la lógica detrás de cada uno: el 720 cubre bienes y derechos tradicionales en el extranjero (cuentas, inmuebles, valores, seguros), mientras que el 721 se ocupa exclusivamente de criptomonedas y activos digitales custodiados por terceros fuera de España. Ambos comparten umbral (50.000 €), plazo (enero-marzo) y base sancionadora, pero declaran activos distintos y son obligaciones independientes.
Si tienes dudas sobre si un activo concreto debe declararse y en cuál modelo, consulta con un asesor fiscal especializado en criptomonedas y bienes en el extranjero. El coste de una consulta es mínimo comparado con las sanciones por presentación incorrecta o por no presentar. Y si descubres un error pasado, regulariza tu situación cuanto antes: la Agencia Tributaria valora la buena fe y la cooperación.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuál es la diferencia entre el Modelo 720 y el Modelo 721?
- Modelo 720: declaración de bienes y derechos en el extranjero (cuentas bancarias, acciones, fondos, inmuebles, seguros, rentas vitalicias en el extranjero). Modelo 721: declaración específica de monedas virtuales (criptomonedas) custodiadas por terceros en el extranjero. Son dos modelos complementarios, no alternativos.
- Si tengo criptos en Binance y también una cuenta bancaria en Alemania, ¿qué modelo presento?
- Los dos: Modelo 721 para las criptomonedas en Binance (si superan 50.000 €) y Modelo 720 para la cuenta bancaria alemana (si supera 50.000 €). Son obligaciones independientes.
- ¿Tienen el mismo plazo el 720 y el 721?
- Sí: ambos se presentan entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio que informan. Para el ejercicio 2025, el plazo de ambos es del 1 enero al 31 marzo 2026.
- ¿El Modelo 720 incluía antes las criptomonedas?
- Durante un tiempo existió controversia. La Agencia Tributaria publicó consultas vinculantes (V0590-18, V1149-18) que señalaban que las cripto podrían incluirse en el 720. Finalmente, la Ley 13/2023 creó expresamente el Modelo 721 para criptomonedas, eliminando la ambigüedad.